El pasado 3 de diciembre de 2021 se publicó en el BOE el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) para el período 2021-2023.

Dos son los escenarios en los que se desarrolla el contenido de este documento: por un lado, la actual situación pandémica y la innegable crisis económica del COVID-19, que ha cambiado de modo drástico el escenario social y laboral, acentuando la precariedad y las desigualdades; y por otro lado, el marco de los objetivos fijados por las Naciones Unidas en la Agenda 2030 para un Desarrollo Sostenible.

La Agenda es un ambicioso proyecto que ha sido asumido por el Estado español y que es hoy un esencial elemento informador de las políticas de su Gobierno, contemplando la igualdad de género (ODS 5), la salud y bienestar (ODS 3) que en el ámbito laboral se traducen en las materias de salud laboral y prevención de riesgos en el trabajo, e, incluso, el fin de la pobreza (ODS 1), en la medida en que esta lacra puede adoptar formas relacionadas con incumplimientos de normas y vulneraciones de derechos en el trabajo que generan precariedad.

El Plan Estratégico de la ITSS para los próximos tres años fija un total de cuarenta objetivos, que se agrupan en cuatro ejes básicos y que se desgranan, a su vez, en un importante número de medidas de actuación concretas. Dentro del primer eje estratégico es donde encontramos tres objetivos clave que tienen que ver con la igualdad y no discriminación en el empleo y en las condiciones de trabajo:

Objetivo 1: Garantizar la igualdad y no discriminación por razón de sexo.

Este objetivo incluye la planificación de las actuaciones inspectoras, especialmente en materia de discriminación retributiva, conciliación de la vida familiar, personal y laboral y discriminación en el acceso al empleo y en la promoción profesional, en colaboración con el Instituto de las Mujeres y demás instituciones autonómicas análogas. Para ello, el instrumento clave del que se servirán serán los Planes de Igualdad en aquellas empresas obligadas, aunque la LO 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres prevé que todas las empresas deben disponer de medidas que favorezcan la conciliación y la eliminación de desigualdades, así como del acoso sexual y por razón de sexo.

Además, contempla la aplicación de la perspectiva de género en todas las actuaciones inspectoras, no solamente las que derivan de programas de igualdad. Esto puede incluir ámbitos como el de la Prevención de Riesgos Laborales, que en un principio no está incluida en la LO 3/2007, pero que tendrá una gran relevancia en la eliminación de desigualdades teniendo en cuenta los numerosos estudios que ya existen en la actualidad y que corroboran que la salud de las mujeres se ve influenciada por características distintas a las de los hombres (diferentes pesos, alturas, la forma del cuerpo, la menstruación y posterior climaterio, prevención de enfermedades con mayor incidencia, distinta sintomatología, etc.).

Asimismo, se da especial importancia al conocimiento de los derechos laborales de las víctimas de violencia de género y a su aplicación conforme a la LO 1/2004 y el Estatuto de los Trabajadores, así como a la atención a las mujeres en situaciones de múltiple discriminación por pertenecer a otros colectivos vulnerables (mujeres en la pobreza, racializadas, mujeres mayores, mujeres con discapacidad, etc.).

Objetivo 2: Garantizar la igualdad y no discriminación por otros motivos.

En este apartado se incluyen las discriminaciones a personas con discapacidad, y las discriminaciones por motivos raciales o étnicos, intensificando las estrategias de la ITSS.

Objetivo 3: Creación de la Oficina Estatal de Lucha contra la discriminación.

La Oficina impulsará y coordinará las actuaciones inspectoras en materia de discriminación, no solo de género.

Además de la igualdad de género, encontramos objetivos tendentes a alcanzar unas condiciones de trabajo dignas, seguras y saludables:

Objetivo 1: Garantizar el pleno y efectivo ejercicio de los derechos laborales y sindicales, luchando contra todo tipo de abuso y fraude en materia laboral.

Por un lado, se investigarán los fraudes en materia de salarios. En esta materia serán clave los registros salariales obligados a todas las empresas por el Real Decreto 902/2020, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, así como las auditorías retributivas obligadas a las empresas con Plan de Igualdad, que garantizarán el principio de igualdad salarial para trabajos de igual valor.

También se incrementará la planificación de actuaciones dirigidas, entre otras, a controlar los excesos y/o la no declaración de las horas extraordinarias y el cumplimiento de los tiempos mínimos de descanso, verificar la fiabilidad de los registros de jornada, vigilar que la jornada real en los contratos a tiempo parcial coincide con la pactada y que las horas complementarias no se exceden de sus límites. Asimismo, se prestarán especial atención a las empresas con exceso de contratos temporales.

Por último, es importante la mención al cumplimiento de la Ley 10/2021, de trabajo a distancia, que garantiza el derecho a la desconexión digital de las personas trabajadoras.

Objetivo 2: Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, asegurando que se cumple la normativa en materia de prevención de riesgos laborales.

La ITSS intensificará la acción inspectora en sectores y empresas que presentan una mayor incidencia de accidentes de trabajo y una mayor gravedad de estos. Por otra parte, cobran especial importancia los riesgos y enfermedades psicosociales, ante los que se realizarán campañas de sensibilización y prevención. También se adaptarán los principios y criterios técnicos establecidos en la Unión Europea para la detección de los riesgos psicosociales al marco jurídico español, consiguiendo homogeneidad en su aplicación en el ámbito de la UE, así como se aprobará un procedimiento armonizado para la intervención de la ITSS en la investigación de enfermedades psicosociales declaradas, que permita la correcta identificación de las causas y origen y el aprovechamiento epidemiológico de la información recogida.

Todo ello en línea con el documento para la Estrategia de Salud Mental del Sistema Nacional de Salud (2022-2026), con el que el Gobierno pretende incorporar la salud mental en los planes de prevención de riesgos laborales en las empresas, poniendo el foco en el acoso, el riesgo de suicidio y en los trastornos por ansiedad y depresión derivados del “burnout” laboral.

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